viernes, 24 de mayo de 2013

Argentina: Cristina.."Hoy nadie puede desaparecer"... AW

(AW) En un discurso el martes 21, en la ciudad de La Plata, la Sra. Presidenta de la Nación se refirió a lo que entiende como verdadero miedo, "el que teníamos nosotros... el miedo a desaparecer", y forzó una comparación con el presente manifestando textualmente: "Hoy, afortunadamente, nadie puede desaparecer de ningún lado; al contrario, estamos todos vivitos y coleando". Independientemente del lacerante recuerdo de Julio López o de Luciano Arruga, la Gremial de Abogados se ve en la obligación de recordarle públicamente lo que el gobierno nacional viene negando sistemáticamente a asumir en todo su significado y consecuencias.
NUNCA_MAS
El Estado argentino, fue declarado por sentencia del 26 de agosto de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos "responsable por la violación de los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, y a la libertad personal establecidos en los artículos 3, 4.1, 5.1, 5.2 y 7.1, 7.2 y 7.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con los artículos 1.1 y 2 de la misma, así como en relación con los artículos I.a), II y XI de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en perjuicio de Iván Eladio Torres Millacura".
Tal vez sea necesario recordarle a la Sra. Presidenta que, según tuvo por probado la Corte Interamericana, el joven Iván Torres, fue "víctima de desaparición forzada a manos de agentes del Estado" a partir del 3 de octubre de 2003 en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut.
Y que la responsabilidad que la Corte, en el marco de su función jurisdiccional, le atribuyó al Estado argentino, es tanto por el hecho en sí como por no haber éste cumplido con sus obligaciones de esclarecer, subsanar y/o reparar el crimen en todo el tiempo transcurrido desde entonces. Es decir "la posterior falta de debida diligencia en la investigación de los hechos, así como la denegación de justicia en perjuicio de los familiares de la víctima".
También puede ser pertinente recordarle que el Estado argentino no ha cumplido hasta el día de hoy las disposiciones que integran la mencionada sentencia y que lo obligan internacionalmente.
Lo que seguramente no hace falta recordarle, ya que ambas son parte integral de nuestra Constitución Nacional, es el texto de las Convenciones que la Corte ha determinado que violó el Estado argentino o de los artículos puntuales mancillados.
Es por ello que citaremos solamente el artículo II de la Convención sobre Desaparición Forzada, sin ninguna otra intención que la meramente ilustrativa de cual ha sido el delito por el que se condenó a la Argentina:
"Para los efectos de la presente Convención, se considera desaparición forzada la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes".

Trascribimos la carta de María Millacura que junto a su abogada, nuestra compañera Veronica Heredia (Secretaria Gral. de la Gremial de Abogados) remiten a la Corte Interamericana de DDHH.- Ambas trajinan incansablemente para que el actual Gobierno Nacional se digne a cumplir con la resolución de la Corte Interamericana cuyos fallos tienen rango constitucional.-
Para colmo han recrudecido las amenazas de muerte y hostigamientos por parte de la Policía de Chubut contra la compañera Verónica incluido avisos expresos de hostigamientos en las rutas solitarias de la Patagonia lo cual se ha cumplido tal como se lo notificaran mediante amenazas.-
Por si fuera poco, sale ahora el Gobernador ultra K de Chubut a apretar a Jueces y Fiscales diciéndoles públicamente que "hay que bancar a la Policía"
María, madre del desaparecido forzadamente durante éste Gobierno Iván Torres como su abogada, le notifican expresamente a la Corte IDH la inconsistencia del discurso presidencial y la arbitrariedad del avance kirchnerista en Chubut "bancando" expresamente a la Policía que hace desaparecer jóvenes como a Iván Torres y asesina alevosamente a los principales testigos de la causa -David Hayes, Juan Pablo Caba, Walter Mansilla, Dante Caamaño-, a otros jóvenes, como a Julián Antillanca y viola niños en comisarías.
La década K nos deja, frente a su discurso de derechos humanos:
- una sentencia de condena por desaparición forzada de Iván Torres en octubre de 2003 en la Provincia del Chubut
- decenas de desaparecidos en todo el país, solo como ejemplos:
- Buenos Aires: Julio López el 18 de septiembre de 2006,
Luciano Arruga el 31 de enero de 2009;
- Tierra del Fuego: Ezequiel Hurimilla el 14 de abril de 2010;
- Córdoba: Facundo Rivera Alegra el 19 de febrero de 2012;
- Río Negro: Daniel Francisco Solano el 5 de noviembre de 2011;
- cientos de niñas y mujeres víctimas de trata de personas;
- miles de jóvenes víctimas del ‘gatillo fácil';
- cientos de jóvenes asesinados por la corrupción política: Cromagnon, Tragedia de Once.


Rada Tilly, Chubut, 22 de mayo de 2013
SEÑORES JUECES
DE LA HONORABLE CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
San José Costa Rica
S_____________________________/___________________________D

De mi mayor consideración:
María Leontina MILLACURA LLAIPEN, víctima en el Caso TORRES MILLACURA Y OTROS VS ARGENTINA según Sentencia Serie C No 229 Caso Torres Millacura y otros Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas dictada por esa Honorable Corte IDH en fecha 26 de agosto de 2011, junto a mi representante legal Verónica Heredia, me presento respetuosamente ante los señores jueces y digo:
I. Desde el dictado de la sentencia Serie C No 229, esa Honorable Corte se ha expedido en fecha 13 de febrero de 2013 solo en relación al punto 6 de su parte resolutiva, esto es, el reintegro de la suma erogada por el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana en el presente caso.
II. En el marco de la etapa de supervisión de la citada Sentencia, solicitamos en fecha 5 de febrero de 2013 audiencia para informar ante esta Honorable Corte durante el 47 Período de Sesiones Ordinarias. Dicha petición nos fue rechazada en fecha 18 de febrero de 2013, mediante Nota CDH-12.522/186.
III. En fecha 11 de marzo de 2013, reiteramos nuestro pedido de audiencia, ahora en el marco de alguna de las sesiones programadas para el año 2013. En fecha 14 de marzo de 2013, mediante Nota CDH-12.533/188 se nos informó que nuestra petición sería puesta a consideración del señor Presidente.
IV. Se nos ha informado mediante Nota CDH-S/773 de fecha 21 de mayo de 2013, que elEstado de Argentina solicitó una prórroga de ‘extensión razonable' para la presentación de observaciones ‘en relación con las medidas provisionales ordenadas por el Tribunal en el asunto Flores y otra en relación con el Caso Torres Millacura y otros' y que dicha prórroga le fue concedida hasta el plazo improrrogable del 24 de mayo de 2013 ‘debido a que la Corte considerará estas medidas durante el período de sesiones que se está celebrando en estos momentos'.
V. Así, entendemos que ha sido rechazada nuestra petición de audiencia en esta etapa de supervisión de sentencia.
VI. Por ello, solicitamos a esa Honorable Corte Interamericana que al momento de resolver sobre el estado de cumplimiento de la Sentencia Serie C No 229 por el Estado de Argentina, tenga expresamente en cuenta los dichos de la representante del Estado, la Presidenta señora Cristina Fernández de Kirchner, en el día de ayer, 21 de mayo de 2013, en un acto público:
Hoy, afortunadamente, nadie puede desaparecer de ningún lado; al contrario, estamos todos vivitos y coleando, diciendo lo que pensamos, cantando nuestras consignas, aceptando hasta la injuria, el insulto, el agravio, la descalificación de los que dicen que nos tienen miedo. [http://www.presidencia.gob.ar/discursos/26487-inauguracion-del-nuevo-edificio-de-la-biblioteca-del-colegio-nacional-de-la-plata-palabras-de-la-presidenta-de-la-nacion]

VII. Asimismo, solicitamos tenga en cuenta lo afirmado por el Gobernador de la Provincia del Chubut, señor Martín Buzzi, también en el día de ayer 21 de mayo de 2013 en un acto en la Provincia:
A la Policía hay que bancarla y apoyarla, porque el camino recorrido hasta ahora, nos empieza a mostrar resultados positivos, con el desmantelamiento de importantes bandas, y la detención muy eficiente y rápida de delincuentes que cometieron delitos que resonaron en la comunidad .... [http://www.diariojornada.com.ar/70040/Politica/Buzzi_contra_jueces_y_fiscales]

VIII. Rogamos a esa Honorable Corte que ordene al Estado de Argentina dar cumplimiento con la Sentencia Serie C No 229 y que, para ello, debe indefectiblemente ser admitida públicamente por las autoridades nacionales y provinciales, concretamente por la señora Presidenta del Estado y el señor Gobernador de la Provincia del Chubut. Mientras dichas autoridades no reconozcan la Sentencia dictada por esa Honorable Corte, jamás podrá cumplir el Estado con la misma. Y así, la impunidad de la detención, desaparición forzada y tortura de mi hijo Iván Eladio Torres Millacura continuará como hasta fecha. Entonces, será ilusorio todo el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Aprovechamos la oportunidad para saludarlos con nuestra más distinguida consideración

Verónica Heredia María Leontina Millacura Llaipén


Vía:
 http://www.agenciawalsh.org/aw/

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